Acerca de

Folleto Explicativo de Agente
Descarga tu Acuse de Recibo de Información/Documentación aquí:
Descarga este FOLLETO EXPLICATIVO DE AGENTE aquí:
LA INTERMEDIACIÓN DE SEGURO ES UN TRABAJO PROFESIONAL EN EQUIPO CON OBLIGACIONES PARA TODAS LAS PARTES.
POR MEDIO DE AGENTE TIENE MÁS VALOR Y ES MÁS SEGURO PORQUE ESTÁ MÁS REGULADO.
DOCUMENTACIÓN LEGIBLE CONSERVADA TEMPORALMENTE DURANTE LA OPERACIÓN DE COTIZACIÓN, ELIMINADA AUTOMÁTICAMENTE A LOS 7 DÍAS DEL MEDIO RECIBIDO SINO SE VOLVIÓ CLIENTE:
- Identificación por ambos lados vigente de quien desea ser el Cliente: Contratante de Póliza para quien se hará la cotización.
- Registro de Vehículo en E.E.U.U., Título de Propiedad, Tarjeta de Circulación, Factura, Pedimento de Importación o cualquier otro Documento oficial que contenga la información suficiente y probatoria para poder determinar la transacción y poder cotizar adecuadamente.
EN CASO DE CONTRATACIÓN DE SEGURO SERÁ NECESARIO CONSERVAR LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN POR EL TIEMPO QUE SEA LEGALMENTE OBLIGATORIO Y NECESARIO.
TAMBIÉN QUE TE COMPROMETES A FIRMAR LOS ACUSES DE HABER RECIBIDO LA DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA CORRESPONDIENTE COMO EL "ACUSE DE RECIBIDO", ETC.
FAVOR DE PROVEER LO SIGUIENTE QUE CORRESPONDA PARA ESTAR EN EL CUMPLIMIENTO QUE REQUIEREN LAS ASEGURADORAS CON LAS QUE SE ESTÁ INTERMEDIANDO SEGURO:
ESTA DOCUMENTACIÓN ES REQUERIDA DE MANERA ACTUALIZADA (menor de 3 meses) CONSTANTEMENTE CUANDO SE REALIZAN TRÁMITES CON LAS ASEGURADORAS.
- Documentación correspondiente al cumplimiento del Art. 492 de la LISF:
a) Persona Física: Identificación oficial vigente por ambos lados.
b) Persona Moral: Acta Constitutiva completa con Folio Mercantil, Nombramiento del Representante Legal en caso que no venga en el Acta Constitutiva, Identificación oficial vigente por ambos lados del Representante Legal.
- Teléfono.
- Correo Electrónico.
- Comprobante de Domicilio reciente (menor de 3 meses).
- Constancia de Situación Fiscal reciente (menor de 3 meses).
- Los que puedan resultar de alguna otra transacción o legislación que requiera proporcionar más u otra documentación adicional.
DEFINICIONES PARA ESTE DOCUMENTO
SAT: Servicio de Administración Tributaria (https://www.sat.gob.mx).
CNSF: Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (https://www.gob.mx/cnsf).
LISF: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (https://www.senado.gob.mx/comisiones/finanzas_publicas/docs/LISF.pdf).
SCJN: Suprema Corte de Justicia de la Nación (https://www.scjn.gob.mx/).
"Persona Física" o "P.F.": La que el SAT determine que está constituido como Persona Física.
"Persona Moral" o "P.M.": La que el SAT determine que está constituido como Persona Moral.
"El Agente": Es la P.F. acreditada oficialmente por la CNSF para la Intermediación de Seguros entre algún Cliente y las Compañías Aseguradoras.
"El Cliente": P.F. o P.M. que llevó a cabo por y para cuenta propia la celebración de un contrato de seguro a través de El Agente con alguna de las Compañías Aseguradoras afiliadas y cumplió con la firma y llenado de todos los formularios, acuses y avisos correspondientes para dicho efecto y entregó la documentación correspondiente para tales efectos y se ha comprometido a Pagar la prima correspondiente y Entender sus propias Obligaciones respecto del seguro.
"Prospecto": Es aquel conducto P.F. o P.M. con la que se tiene contacto para cotización de algún seguro sin obligaciones respecto del seguro en sí porque no es un Cliente.
"Información Sensible": Tarjetas de débito o crédito, secretos profesionales patentados, también se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual.
Para efectos de transparencia y cumplir con las expectativas declaradas, estas son las Obligaciones Básicas de "El Agente":
OBLIGACIONES DE "EL AGENTE" HACIA "EL CLIENTE":
1) RECABAR la información y documentación correspondiente para la Intermediación de Seguros y todo lo que le implique para que El Cliente entienda el Alcance Real y Limitaciones de sus Coberturas Contratadas a través de las Condiciones Generales.
2) ENTREGAR al Cliente todos los documentos correspondientes de su cotización, trámite ó póliza adquirida y todos los que son obligatorios legalmente.
3) NO CONSERVAR INFORMACIÓN SENSIBLE de los clientes ni exponerla públicamente.
4) NO ACEPTAR RIESGOS NI COMPROMISOS a nombre de las aseguradoras ni de sus proveedores, sino canalizar hacia los conductos correspondientes que estas habilitan para tal efecto.
5) NO RECIBIR DINERO directo de los clientes para el pago de primas, sino canalizar hacia los conductos correspondientes que estas habilitan para tal efecto.
6) ENSEÑAR mínimo 3 propuestas para la adquisición de seguro (Cada Versión y Cada Forma de Pago se considera 1 propuesta).
7) NO COMPARTIR la documentación o información a Terceros que no corresondan, el único destinatario de la información y documentación es exclusivamente para la intermediación de seguros: cotización y emisión de pólizas de seguros o las autoridades que tienen la facultad de requerirla.
8) RESGUARDAR la información de El Cliente por el tiempo que legalmente corresponda (10 años) por algún medio seguro.
9) CANALIZAR al Cliente para que pueda realizar la oportuna reclamación de siniestros en los conductos que estas habilitan para tal efecto.
10) AVISAR al Cliente que tiene facultades limitadas respecto a la Intermediación de Seguros y de sus propias obligaciones de El Cliente como las que siguen:
OBLIGACIONES BÁSICAS DE "EL CLIENTE" (EN CONDICIONES GENERALES HAY MAS):
1) ENTENDER que "El Agente" SOLO tiene la Facultad de INTERMEDIAR la Adquisición de Seguro con las compañías aseguradoras en las que este se afilie para tal efecto y CUMPLIR con las obligaciones que estas le imponen legalmente respecto a la RECABACIÓN Y ENTREGA de INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN, asimismo que CARECE de facultad para Aceptar Riesgos o Compromisos en nombre de las aseguradoras o sus proveedores, NI PUEDE aceptar dinero ni hacer recibos provisionales RESPECTO al pago de primas de seguros.
2) ENTENDER a través de las CONDICIONES GENERALES de su seguro adquirido: el Alcance Real y Limitaciones que tienen las coberturas contratadas y que estas gobiernan el contrato de seguro adquirido y ahí se plasman de manera completa sus propias Obligaciones respecto de dicho seguro.
3) PROVEER FIRMA y LLENADO de manera fidedigna los avisos, acuses, formularios, formatos, cartas, solicitudes y demás documentos que sean necesarios para la correcta intermediación de seguros o los trámites que se estén realizando ante las aseguradoras correspondientes con la INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN completa requerida.
4) VERIFICAR que su póliza recibida esté emitida con su información correspondiente de manera correcta, con las coberturas deseadas que concuerden con las propuestas y pedir la corrección en tiempo y forma (dentro de los 30 días de emisión por escrito) en caso que no lo esté.
5) PAGAR sus pólizas adquiridas en tiempo y forma correspondiente, directamente en los medios que las aseguradoras tienen habilitado para tal efecto, y conservar el comprobante de pago para poder demostrarlo en caso de que sea necesario hacer aclaraciones.
6) RECLAMAR los siniestros reportando inmediatamente en tiempo y forma de manera verídica, directamente en los medios que las aseguradoras tienen habilitado para tal efecto y llevar a cabo las DILIGENCIAS futuras correspondientes de seguimiento y conclusión directamente.